
Ibarretxe ha invitado a ciudadanos vascos particulares a interponer demandas ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) tras conocerse la Sentencia del Tribunal Constitucional que declara la inconstitucionalidad dela ley que serviría de instrumento a la consulta que deseaba realizar.
Dado la manifiesta confusión que en nuestra sociedad hay acerca de lo europeo y la continua confusión de organizaciones internacionales, incluso entre periodistas supuestamente especializados, quiero hacer algunas aclaraciones y precisiones. Hay que precisar que el TEDH es un organismo judicial internacional que se inserta dentro del Consejo de Europa, que nada tiene que ver con la Unión Europea.
La primera es que Ibarretxe recurre a esta rara fórmula, que otros interpongan las demandas, porque según el artículo 34 del Convenio Europeo de Derecho Humanos (CEDH) una Administración Pública o una persona jurídica pública no se encuentra legitimada para la interposición de demandas ante el TEDH, como este tribunal tuvo ocasión de manifestar con meridiana claridad en el auto por el que declaraba la inadmisión de la demanda presentada por el gobierno de Ibarretxe contra la Ley de Partidos Políticos.
Pero la “solución” que Ibarretxe plantea tiene graves problemas jurídicos para ser admitida y prosperar ante el TEDH. El mismo artículo 34 exige que la persona que interponga la demanda sea la presunta víctima (o familiares de ésta), que el demandante haya agotado los recursos internos disponibles (con muy pocas excepciones) y que obviamente la demanda se funde en la supuesta violación de uno o varios de los derechos incluidos en el CEDH o en algunos de los protocolos facultativos ratificados por el estado demandado.
Que cualquier ciudadano se considere víctima de la sentencia del Constitucional es más que dudoso; que se recurre al TEDH sin haber pedido el remedio interno ni siquiera en su primera instancia y la ausencia absoluta de cualquier mención a la autodeterminación, junto con el reconocimiento básicamente de derechos individuales y no de derechos colectivos en el TEDH indican que el anuncio o invitación de Ibarretxe obedece más a aprovechar a hacer propaganda que a una verdadera intención de mantener una pretensión judicial con un mínimo de seriedad.






